Ayudas para forestación con pinos y frondosas

La Xunta ha convocado ayudas para la primera forestación de tierras no agrarias con pinos y frondosas. Os explicamos los requisitos. El plazo de solicitud concluye el 18 de febrero.

 

La Xunta de Galicia ha abierto el plazo de solicitud para ayudas a la forestación de tierras no agrícolas. Las superficies objeto de la actuación no podrán haber estado con arbolado los últimos 10 años ni tener una fracción de cabida cubierta superior a un 20 por ciento.

 

En las parcelas objeto de ayuda, podrán plantarse tanto coníferas como frondosas caducifolias. En coníferas, se subvencionan las principales especies de pino existentes en Galicia (pino del país -’Pinus pinaster’-, pino insigne -’Pinus radiata’, y pino silvestre), así como la pseudotsuga, también denominada pino de Oregón, y el pino laricio.

 

En frondosas, se subvenciona la plantación de castaños, robles, cerezos, nogales, abedules, alisos, fresnos o arces. El plazo para presentar las solicitudes acaba el 18 de febrero. La Administración tiene previsto apoyar al menos unos 200 proyectos de plantación, tanto de comunidades de montes como de sociedades de fomento forestal (Sofor) y de particulares.

 

Para particulares, se reserva un 10% de las ayudas, en tanto para comunidades de montes vecinales un 45% y otro 45% para sociedades de fomento forestal (Sofor). En 2018, ante la ausencia de solicitudes de Sofor, la parte correspondiente a las sociedades de fomento forestal fue adjudicada a comunidades de montes vecinales.

 

Superficies mínimas y gastos subvencionados

 

La superficie mínima que tendrá que ser objeto de plantación es de 3 hectáreas en coto redondo en el caso de comunidades de montes, en tanto que para particulares se exige un mínimo de 1 hectárea. Los terrenos deberán estar catalogados en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (Sigpac) como forestal (Fo), Pasto con arbolado (Pa) o pasto arbustivo (Pr). También se exige que en el Plan Xeral de Ordenación Municipal correspondiente se permita la forestación de la parcela.

 

Los gastos que se subvencionan son tanto los propios de plantación (desbroces, preparación del terreno, compra de planta y plantación propiamente dicha) como actuaciones complementarias (caminos y cierres, cuando sean precisos por motivos de ganado o similares).

 

Podéis consultar la orden completa de las ayudas en el Diario Oficial de Galicia. Cualquier cuestión, no dudéis en consultarnos.

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