La Xunta de Galicia apoya hasta con 1.850 euros por hectárea la primera forestación de tierras no agrarias con pinos y hasta con 2.400 euros por hectárea en el caso de plantar frondosas
La Consellería de Medio Rural ha convocado ayudas para la primera forestación de tierras no agrarias con pinos o frondosas (castaños, robles, cerezos, etc.). Las parcelas a plantar deben estar ubicadas en suelo clasificado como forestal, pasto con arbolado o pasto arbustivo, según la información recogida en el Sistema de Información de Parcelas Agrícolas (Sigpac). La superficie a forestar no podrá haber estado arbolada en los últimos 10 años, ya que se trata de una subvención destinada a una primera forestación de tierras.
Los beneficiarios de las ayudas podrán ser tanto propietarios particulares como comunidades de montes vecinales y otras entidades, como Sociedades de Fomento Forestal (Sofor), montes de varas o cooperativas agrícolas. El plazo de solicitud concluye el 28 de mayo de 2018.
La ayuda abarcará hasta el 100% de los gastos de plantación y sufragará todas las inversiones derivadas del proyecto, desde la compra de planta forestal hasta obras complementarias que puedan ser necesarias. El importe máximo subvencionable es de 1.853 euros por hectárea en las plantaciones de coníferas y de 2.398 euros por hectárea en frondosas.
La densidad de la plantación en pinos tendrá que ser de un mínimo de 1.100 plantas por hectárea, en tanto en frondosas se exigen 625 plantas por hectárea. En cuanto a las superficies mínimas de actuación, la convocatoria exige un mínimo de una hectárea en coto redondo para propietarios particulares, esto es, una hectárea de terreno sin discontinuidades.
Para comunidades de montes vecinales se exigen 3 hectáreas en coto redondo, en tanto que a las sociedades de fomento forestal (Sofor) se les piden 3 hectáreas que pueden estar repartidas en diversos cotos redondos.
La orden de ayudas reserva un 10% del presupuesto, que asciende a 7 millones de euros, para propietarios particulares. Otro 45% corresponderá a sociedades de fomento forestal, agrupaciones de propietarios particulares y cooperativas agrícolas y el 45% restante a comunidades de montes vecinales. Podrán redistribuirse los fondos si en alguno de los apartados no hay solicitudes suficientes.